Colaborador:
José Xavier Orellana
jorellana@plan-a-consulting.com
 
El Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) es un programa comercial unilateral estadounidense.
Fue instituido el 1 de enero de 1976 con el propósito de promover el crecimiento económico en países en vías de desarrollo, facilitando la entrada, libre de impuestos, a 4.800 productos provenientes de 129 países.
En la actualidad este programa se aplica a 122 países y a 3.500 productos (adicionalmente se adhieren 1.500 productos adicionales para aquellos países de menor desarrollo e ingresos) por un monto total de USD $19 millardos de dólares.

¿Qué implica dicho programa para el Ecuador?

Nada más y nada menos que la aplicación de un arancel de cero (0%) a 400 subpartidas/productos, las cuales a su vez equivalen al 14% de un total de USD $2,6 millardos de dólares en exportaciones no petroleras a EE. UU., cifra que representa aproximadamente la cuarta parte (23%) del total de las ventas de Ecuador al mundo.
A las demás exportaciones no petroleras hacia los Estados Unidos se les aplica el arancel bajo el principio de Nación Más Favorecida (NMF).
En el año 2016, 801 exportadores ecuatorianos (no petroleros) vendieron USD $390 millones de dólares a EE. UU. bajo el esquema del SGP.
En la actualidad, la renovación del SGP ha sido un tema controversial en dicha nación, ya que miembros del Congreso de ese país han expresado dudas acerca de la necesidad de incluir a países con ingresos medios, tales como Ecuador, versus limitar el programa a países de ingresos bajos, tales como Haití.
Vale anotar que cualquier cambio al SGP por parte de EE. UU. podría necesitar su alineamiento con las obligaciones que tiene ese país con la Organización Mundial del Comercio (OMC) bajo el “Enabling Clause” (una cláusula que permite preferencias comerciales dirigidas a los países en desarrollo y menos adelantados).
Para calificar, el Departamento de Comercio de EE. UU. revisa que el país beneficiario cumpla con los derechos de los trabajadores, la defensa de la propiedad intelectual, la ejecución de arbitrajes, entre otros temas; y se excluyen textiles, ropa, zapatos, etc. (aunque existe un acta de octubre 30 del 2017 presentada ante el Congreso de EE. UU. para incluir calzado).
El SGP expiró en agosto del 2013, empero, fue renovado temporalmente en julio del 2015 por el entonces presidente estadounidense Barack Obama.
En septiembre 26 y 27 del 2017, el Congreso de EE. UU. escuchó argumentos sobre el estatus del SGP para distintos países incluido Ecuador.
Uno de los principales temas a tratar con Ecuador era la situación del arbitraje con la empresa petrolera Chevron.
Recientemente, la Embajada de EE. UU. ha indicado el reclamo de una empresa farmacéutica con respecto a la propiedad intelectual y sobre los potenciales cambios en aranceles/tasas aduaneras.
El carecer de un Embajador en EE. UU. crea también una falta de liderazgo y dirección en estos temas, pese al esfuerzo del Ministro de Comercio Exterior en conversaciones con su contraparte, el Departamento de Comercio de EE. UU.

El SGP estará vigente hasta finales del 2017.

El actual Director de Comercio de EE. UU. Wilbur Ross es el encargado de enviar su recomendación para una renovación, la cual incluye a los países beneficiarios, con el fin de que esta sea aprobada por parte de las dos cámaras del Congreso estadounidense, para, al final del proceso, recibir el beneplácito del presidente de EE. UU.
Si el SGP no es renovado se aplicaría el principio de Nación Más Favorecida (NMF), lo que implicaría un alza en el arancel de 0% a un rango que va de 0,19% a 14% dependiendo del producto (subpartidas). Es importante aclarar que el banano, el camarón, y el cacao ingresan a los EE. UU. bajo el programa NMF, es decir, 0% de arancel.

Desde el año 2010 hasta el 2016, las exportaciones ecuatorianas bajo el programa de SGP han crecido a una tasa anual de 39%, lo que implica que el monto de productos que pagaban cero aranceles bajo el SGP se duplicaba cada dos años.  Ya en el año 2016 se hablaba de introducir rosas, atún, brócoli, y alcachofas al programa de preferencias con EE. UU.

Es más, de no darse la renovación y por consiguiente renovación, se aplicaría el principio de Nación Más Favorecida (NMF), lo que derivaría en un alza en los aranceles a pagar en 198 productos (subpartidas) en el año 2018, equivalentes a USD $18,2 millones de dólares. 
El principal efecto se sentiría en aquellos sectores exportadores particulares como lo son las flores naturales, los productos agrícolas en conserva, pescado y enlatados de pescado, elaborados de banano, plátano, jugos y conservas de fruta, mangos, aparatos eléctricos, entre otros.
Los mercados antes referidos son altamente competitivos y cualquier incremento en el precio de exportación afectaría negativamente a dichos exportadores, los cuales se encuentran en competencia directa con países donde se aplica arancel cero en el mismo segmento de producto.

Ejemplos incluyen guayabas, mangos, y mangostanes, del cual Ecuador es el segundo proveedor a EE. UU., y, de no renovarse el SGP tendrían un alza de arancel de 2,85% versus México, flores frescas donde el alza sería de 6,4% versus Colombia, madera chapada donde el alza seria 8% versus Canadá, sardina en conserva donde el alza seria 3,1% versus Marruecos y Canadá, etc.

De acuerdo con temas logísticos, tal como indica un importante estudio del Ministerio de Comercio Exterior, a su vez realizado por los economistas Pablo Patiño y Sixto Chang, los aeropuertos de entrada para las flores (hub) a EE. UU. y Canadá son Miami y New York; por lo que, un alza de arancel en EE. UU. afectaría simultáneamente el mercado canadiense.
Peligrosamente, la probabilidad de perder el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) con EE. UU. es real y con ella una cantidad importante de exportaciones no petroleras a dicha nación, a su vez estimadas por FEDEXPOR en USD $269 millones de dólares entre los años 2018 y 2020.
Como siempre, quedamos atentos a sus comentarios.
 

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