tarjetasDurante el primer semestre del 2014, las compañías nacionales y extranjeras que realizan ventas a crédito en Ecuador deberán respetar las tarifas máximas establecidas por la Superintendencia de Compañías conforme a la resolución publicada el 15 de enero en el Registro Oficial.

Esta resolución debe ser acatada conforme lo estipula el reglamento para el control de las ventas a crédito y de la emisión de tarjetas de circulación restringida, que en su artículo 3 establece que «los servicios que pueden cobrar las compañías sujetas a control de la Superintedencia de Compañías y que dentro del giro ordinario de sus negocios realicen ventas a crédito, las tarifas máximas por dichos servicios, serán fijadas semestralmente por esta Superintendencia».

Las tarifas establecidas para este primer semestre son:

1. Corte impreso del estado de crédito $ 1 por página
2. Interés de financiamiento interés de mora Tasa máxima fijada por el Banco Central para el  segmento de consumo
3. Costo por copia de recibo de pago $ 0,10 por página
4. Certificado por escrito de crédito al día $ 1,50
5. Referencias como deudor o tarjeta habiente $ 2
6. Cheques devueltos y protestados Costo fijado por la entidad bancaria a la compañía

Fuente: El Universo

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