Durante el primer semestre del 2014, las compañías nacionales y extranjeras que realizan ventas a crédito en Ecuador deberán respetar las tarifas máximas establecidas por la Superintendencia de Compañías conforme a la resolución publicada el 15 de enero en el Registro Oficial.
Esta resolución debe ser acatada conforme lo estipula el reglamento para el control de las ventas a crédito y de la emisión de tarjetas de circulación restringida, que en su artículo 3 establece que «los servicios que pueden cobrar las compañías sujetas a control de la Superintedencia de Compañías y que dentro del giro ordinario de sus negocios realicen ventas a crédito, las tarifas máximas por dichos servicios, serán fijadas semestralmente por esta Superintendencia».
Las tarifas establecidas para este primer semestre son:
1. Corte impreso del estado de crédito | $ 1 por página |
2. Interés de financiamiento interés de mora | Tasa máxima fijada por el Banco Central para el segmento de consumo |
3. Costo por copia de recibo de pago | $ 0,10 por página |
4. Certificado por escrito de crédito al día | $ 1,50 |
5. Referencias como deudor o tarjeta habiente | $ 2 |
6. Cheques devueltos y protestados | Costo fijado por la entidad bancaria a la compañía |
Fuente: El Universo